lunes, 16 de febrero de 2015

NORMAS Y CONOCIMIENTOS PARA EL DELEGADO



DISPOSICIONES GENERALES:
 
Los equipos están obligados a procurar que los partidos que se celebren en su campo o con la condición de equipo local, se desarrollen con toda normalidad y en el ambiente de corrección que debe presidir las manifestaciones deportivas, cuidando que se guarden, en todo momento, las consideraciones debidas a federativos, árbitros, directivos, futbolistas, entrenadores, auxiliares y demás personas que intervienen en el partido, y respondiendo además de que estén debidamente garantizados los servicios propios del terreno de juego, vestuarios y demás dependencias e instalaciones. Deberán asimismo, procurar que se garantice el orden fuera del terreno de juego y la garantía de independencia de la actuación de los árbitros y el respeto debido al ejercicio de su función y necesaria protección.
Durante el desarrollo de un partido no se permitirá que en el terreno de juego haya otras personas que no sean los futbolistas y el árbitro.
Ocuparán los banquillos únicamente las personas autorizadas y los jugadores suplentes, vistiendo éstos su atuendo deportivo.
Todos ellos deberán estar debidamente acreditados para ejercer la actividad o función que les sea propia y estar en posesión de sus correspondientes licencias, que previamente serán entregadas al árbitro.
En el espacio existente entre el terreno de juego y el vallado, si lo hubiera, que lo separa del público, solo podrán situarse el Delegado de Campo y el Delegado de equipo, y en su caso, los futbolistas que, por indicación de sus entrenadores, deban efectuar ejercicios previos a su eventual intervención en el juego.
Los jugadores expulsados definitivamente en un partido, deberán situarse, en todo caso, fuera del vallado que delimita el terreno de juego y desprovistos de su atuendo deportivo.
Sólo tendrán acceso a los recintos de los vestuarios, el árbitro, los futbolistas, entrenadores, auxiliares y delegados de los equipos contendientes, de campo, de los comités de árbitros y entrenadores y los de la Federación.
DELEGADO Y SUS OBLIGACIONES:
1.      EL DELEGADO ES EL REPRESENTANTE DEL CLUB.
2.      2" 
3.      EXPONDRA LAS BANDERAS Y LIMITARA EL AREA RESERVADA PARA LA TRANQUILIDAD DE LOS BANQUILLOS, AL FINALIZAR EL ENCUENTRO DEBE RECOGER Y GUARDAR.
4.      ANTES DE QUE ENTREN LOS JUGADORES REVISARA EL ESTADO DE LOS VESTUARIOS, ASI COMO UNA VEZ FINALIZADO EL PARTIDO, COMPROBARA SU ESTADO, SI ES EL MISMO EN QUE SE LES ENTREGO; DE LO CONTRARIO SE LO HARA SABER AL DELEGADO, SI ES EN EL VESTUARIO VISITANTE Y SE LO COMUNICARA AL ARBITRO PARA QUE LO HAGA CONSTAR EN ACTA, A SU VEZ LO NOTIFICARA AL PRESIDENTE Y AL CONCESIONARIO.
5.      EL DELEGADO RECIBIRA AL ARBITRO CUANDO JUGUEMOS EN NUESTRO CAMPO, LE ENTRAGARA EL ORDENADOR, UN BALON Y EL AGUA , AVISARA AL DELEDADO CONTRARIO, LE ENTREGARA LAS FICHAS UNA VEZ EL ENTRENADOR LAS HAYA ORDENADO Y SEAN CORRECTAS.
6.      EL DELEGADO RECIBIRA AL EQUIPO CONTRARIO, LE ENTREGARA LAS LLAVES DEL VESTUARIO, DOS BALONES Y UNA GARRAFA DE AGUA.
7.      EN CAMPO CONTRARIO SE HACE LO MISMO ANTES DE QUE ENTREN LOS JUGADORES AL VESTUARIO COMPROBAR EL ESTADO DEL MISMO, SI SE ENCUENTRA ALGUNA ANOMALIA, SE DEBE COMUNICARLO AL DELEGADO CONTRARIO PARA QUE TENGA CONSTANCIA DE LOS DESPERFECTOS, Y AL TERMINAR CUANDO SALGA EL ULTIMO JUGADOR COMPROBAR QUE TODO ESTA CORRECTO.
8.      EL DELEGADO ES EL RESPONSABLE DE QUE LAS FICHAS QUE ENTREGA AL ARBITRO CORRESPONDEN A LOS JUGADORES QUE HAY CONVOCADOS.
9.      EL DELEGADO SI EN UN MOMENTO SUCEDIERA LO CONTRARIO PUEDE Y DEBE DECIRLE AL ENTRENADOR QUE SE HA EQUIVOCADO Y DEBE QUITAR LAS FICHAS QUE NO CORRESPONDAN, E INFORMAR AL COORDINADOR DE LO SUCEDIDO.

 DELEGADO DE CAMPO:
1. El club titular del terreno de juego designará para cada partido un delegado de campo, debidamente autorizado por la Federación, a quien corresponderán las
obligaciones siguientes:
                 a) ponerse a disposición del árbitro y cumplir las instrucciones que le comunique antes del partido o en el curso del mismo.
                 b) ofrecer su colaboración al delegado del equipo visitante.
                 c) impedir que, entre las bandas que limitan el terreno de juego y la valía que lo separa del público, se sitúen otras personas que no sean las autorizadas.
                d) comprobar que los informadores gráficos y operadores de televisión estén debidamente acreditados e identificados y procurar que se sitúen a la          distancia reglamentaria.
                e) no permitir que salgan los equipos al terreno de juego hasta que el mismo se halle completamente despejado. 
                f) evitar que tengan acceso a los vestuarios personas distintas de las expresadas en el artículo precedente y, en especial, al del árbitro, salvo que este lo autorice, quienes no sean el delegado federativo y, a los solos efectos de firmar el acta, los entrenadores y capitanes.
               g) colaborar con la autoridad gubernativa para evitar incidentes, debiendo informar al árbitro cual es la persona que la desempeña o ejerce.
               h) procurar que el público no se sitúe junto al paso destinado a los árbitros, futbolistas, entrenadores y auxiliares o ante los vestuarios.
                i) acudir junto al árbitro al vestuario de este a la terminación de los dos períodos de juego y acompañarle, igualmente, desde el campo hasta donde sea aconsejable para su protección, cuando se produzcan incidentes o la actitud del público haga presumir la posibilidad de que ocurran.
                j) solicitar la protección de la fuerza pública a requerimiento del árbitro o por iniciativa propia, si las circunstancias así lo aconsejasen.
 2. La designación del delegado de campo recaerá en la persona de un directivo (excepto el Presidente o en su caso Consejero delegado) o empleado del club, y el que lo sea deberá ostentar un brazalete bien visible acreditativo de su condición.
3. En ningún caso podrá actuar como tal ni como delegado de club quien sea miembro de la Junta Directiva de la Federación correspondiente de Fútbol.


EL ARBITRO:
1.- El árbitro es la autoridad deportiva única e inapelable, en el orden técnico para dirigir los partidos.
2.- Sus facultades comienzan en el momento de entrar en el recinto deportivo y no terminan hasta que lo abandona, conservándolas por tanto, durante los descansos, interrupciones y suspensiones, aunque el balón no se halle en el campo.
3.- Tanto los directivos como los futbolistas, entrenadores, auxiliares y delegados de los equipos, deben acatar sus decisiones y están obligados, bajo su responsabilidad a apoyarle y protegerle en todo momento para garantizar la independencia de su actuación y el respeto debido al ejercicio de su función, así como su integridad personal, interesando, a tales fines, si fuera preciso la intervención de la autoridad.
LAS ACTAS:
1.- El acta puede ser digital, el cual el arbitro realizara através del ordenador que le tendremos que proporcionar si viene sin el, o en papel.
1.- El acta es el documento necesario para el examen, calificación y sanción, en su caso, de los hechos e incidentes acaecidos con ocasión de un partido.
2.- Constituirá un cuerpo único y el árbitro deberá hacer constar en ella los siguientes extremos:
                  a) Fecha y lugar del partido, denominación del terreno de juego, equipos participantes y clase de competición.
                  b) Nombres de los futbolistas que intervengan, incluidos los suplentes, con indicación de los números asignados a cada uno, así como de los entrenadores, auxiliares, delegados de los equipos, delegado de campo y el suyo propio.
                  c) Resultado del partido.
                 d) Expulsiones que hubiera decretado, exponiendo claramente las causas, pero sin calificar los hechos que las motivaron, y expresando el nombre del infractor, su número de dorsal y minuto en que el hecho se produjo.
                e) Incidentes ocurridos antes, durante y después del partido, en el terreno de juego o en cualquier otro lugar de las instalaciones deportivas o fuera de ellas, siempre que haya presenciado los hechos.
                 f) Cualesquiera otras observaciones que considere oportuno hacer constar.
3.- Antes de comenzar el partido se consignarán en el acta los extremos a los que se refiere el apartado a) y b) del artículo anterior y, a continuación será firmada por los dos capitanes y por los delegados de los equipos. Finalizado el partido se hará constar en ella los pormenores que se especifican en los demás apartados del mismo precepto y será firmada por el árbitro.
4.- El original del acta corresponderá a la Federación y se destinarán copias a los dos equipos contendientes, si el acta es en papel.
5.- Terminado el partido y formalizada el acta, el árbitro entregará al delegado de cada equipo, las copias que les correspondan y remitirá, por el medio más rápido, el original a la Federación.
6.- Cuando así lo obliguen o aconsejen las circunstancias, el árbitro podrá formular, separadamente del acta, los informes ampliatorios o complementarios que considere oportunos, debiendo en tal caso remitirlos a la Federación y a los dos equipos por el medio más rápido a su alcance.
Los apartados 4, 5 y 6 ya han desaparecido ya que las actas se hacen vía intranet, el cual quiere decir que queda todo registrado en la federación al instante y las actas e  informes se podrán ver con la clave correspondiente de cada club

LOS CAPITANES:
Los capitanes constituyen la única representación autorizada de los equipos en el terreno de juego y a ellos corresponden los siguientes derechos y obligaciones:
a) Dar instrucciones a sus compañeros en el transcurso del juego.
b) Procurar que éstos observen en todo momento la corrección debida.
c) Llevará durante el partido un brazalete que lo identifique como tal capitán.
d) Hacer cumplir las instrucciones del árbitro, coadyuvando a la labor de éste, a su protección y a que el partido se desarrolle y finalice con normalidad.

e) Firmar la primera parte del acta del encuentro antes de su comienzo. Si alguno de los capitanes se negase a ello, el árbitro lo hará así constar por diligencia, esto se practicaba antes ya que ahora se realiza por vía intranet.

No hay comentarios:

Publicar un comentario